A propósito de los Derechos Humanos, ¿ y cómo andamos con los Deberes Humanos?

Por Antonio Álvarez Burger

La Declaración de Responsabilidades y Deberes Humanos (o DRDH), se realizó en el marco de la UNESCO y con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, y fue proclamada en 1998 para conmemorar el 50 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en la ciudad de Valencia, con la participación de la asociación ADC Nouveau Millénaire y la Fundación Valencia Tercer Milenio. Por ello, es también conocida como la Declaración de Valencia. Propone sistemática y exhaustivamente las responsabilidades y deberes colectivos e individuales que resulten necesarios para la implementación efectiva y universal de los Derechos Humanos, en particular de los consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) y en los instrumentos internacionales de derechos humanos subsiguientes.

* Atendiendo a las crecientes desigualdades y violaciones a los derechos humanos y a las dificultades de alcanzar las metas planteadas para lograr el desarrollo armónico de la humanidad en su conjunto.

* Entendiendo que la Declaración Universal de los Derechos Humanos dispone en su artículo 29 que todas las personas deben cumplir con sus deberes jurídicos respecto a sus comunidades.

* Asumiendo que en el cumplimiento de los deberes jurídicos no se agotan las posibilidades de alcanzar el pleno desarrollo de las personas, siendo las obligaciones éticas igualmente indispensables para el sostenimiento de las instituciones democráticas y el Estado de derecho.

* Admitiendo la necesidad de que la totalidad de los individuos y organizaciones sociales en que éstos decidan participar deben cumplir sus deberes jurídicos y obligaciones éticas, sin que en ningún caso su incumplimiento pueda servir de pretexto para que el Estado se exima de sus propias obligaciones.

* Reconociendo que las personas y los distintos actores sociales pueden tener por su poder, capacidad o función social, diferentes grados de responsabilidad en su contribución a las condiciones de garantía del disfrute de derechos por parte de todos.

Declaramos:

—— Uno

Todas las personas tenemos el deber de cumplir y exigir el cumplimiento de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el resto de instrumentos nacionales e internacionales, y las obligaciones necesarias para garantizarlos con efectividad.

—— Dos

Todas las personas tenemos el deber y la obligación de un ejercicio solidario y no abusivo de los derechos y del disfrute responsable de los bienes y servicios.

—— Tres

Todas la personas, y en especial las organizaciones sociales, económicas y culturales, tenemos el deber y la obligación de no discriminar y de exigir que se combata la discriminación por motivo de raza, color, sexo, edad, género, identidad y orientación sexual, idioma, religión, opinión política o ideología, origen nacional, étnico o social, discapacidad, propiedad, nacimiento u otros motivos similares.

—— Cuatro

1. Todas las personas tenemos la obligación y el deber de respetar y exigir que se respete la vida y la integridad física, psíquica y moral de las personas.

2. Todas las personas, organizaciones económico empresariales y organizaciones sociales y culturales, tenemos el deber, la obligación y la responsabilidad de no participar ni condonar prácticas de desaparición forzosa, esclavitud, trata de niños y adultos, tortura, tratos inhumanos, crueles y degradantes, violencia de género, explotación infantil y trabajo forzoso.

—— Cinco

1. Todas las personas, organizaciones económico empresariales, organizaciones sociales y culturales, entidades religiosas y centros educativos, tenemos el deber y la obligación de respetar y exigir que se respete la identidad, autonomía e indemnidad sexual de las personas, menores y adultos.

2. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de no participar ni condonar las prácticas de abusos y violencia sexual, esclavitud sexual, trata de personas con fines de prostitución y explotación pornográfica.

—— Seis

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de respetar y exigir el respeto de la autonomía corporal y la vida privada y familiar de las personas.

2. Todas las personas y entidades religiosas tenemos el deber y la obligación de respetar las distintas formas de relación que cada quien elija libremente.

—— Siete

1. Todas las personas, organizaciones sociales, económicas y culturales y, en especial, las autoridades eclesiásticas y creyentes, medios de comunicación, centros educativos, organizaciones económico empresariales y empleadores, tenemos el deber y la obligación de respetar y exigir el respeto a la libertad ideológica y religiosa de las personas y de no incitar al odio y a la discriminación.

2. Todos los practicantes, creyentes y seguidores de cualquier ideología y religión tenemos el deber y la obligación de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales en sus prácticas o manifestaciones.

—— Ocho

1. Todas las personas y organizaciones, en especial los medios de comunicación, tenemos el deber y la obligación de respetar y exigir el respeto a la libertad de expresión e información y de contribuir al acceso de todos los grupos y colectivos a los mismos con pleno respeto al pluralismo.

2. Todas las personas tenemos, en la medida de nuestras condiciones y posibilidades, el deber y la obligación de informarnos y participar responsablemente en los asuntos públicos.

3. Todas las personas y los medios de comunicación, incluidos los participantes de redes sociales, tenemos el deber y la obligación de velar por la veracidad de la información transmitida, por la salvaguardia de la intimidad y respetabilidad de las personas y por el uso responsable del ciberespacio.

4. Todas las personas y los medios de comunicación, incluidos los participantes de redes sociales, tenemos el deber y la obligación de no incitar a la violencia o discriminación.

—— Nueve

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación, dentro de nuestras condiciones y posibilidades, de participar responsablemente en los asuntos públicos y en la toma de decisiones colectivas.

2. Todas las personas, y en particular las organizaciones económico empresariales, los partidos políticos y demás organizaciones sociales, económicas y culturales, tenemos el deber y la obligación de respetar y exigir el respeto de las reglas de financiación de las campañas electorales y de los partidos políticos.

3. Todos los partidos y organizaciones políticas tienen el deber y la obligación de contribuir a la de cualquier ideología y religión tenemos el deber y la obligación de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales en sus prácticas o manifestaciones.

—— Diez

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de exigir educación gratuita de acceso universal y la responsabilidad de instruirse aprovechando debidamente los recursos educativos.

2. Los padres o tutores y centros educativos tienen el deber y la obligación de educar sin incurrir en discriminación de tipo alguno.

3. Las instituciones académicas y educativas y los docentes tienen el deber y la obligación de promover y desarrollar la conciencia de los derechos humanos, la democracia, la paz, el pluralismo, la igualdad de género y el respeto a las distintas formas de diversidad y al medio ambiente.

—— Once

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de respetar y exigir el respeto a la cultura y lenguas propias y ajenas, así como a la memoria colectiva de los pueblos y su patrimonio cultural material e inmaterial y de transmitir ese patrimonio común a las generaciones futuras.

2. Las organizaciones económico empresariales tienen el deber y la obligación de respetar los recursos naturales de los que dependen las prácticas culturales de los pueblos indígenas y otros grupos autóctonos.

3. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de proteger la biodiversidad y de respetar y fomentar la multiculturalidad.

—— Doce

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de respetar la creación cultural y las producciones científicas, literarias o artísticas y de velar por el respeto de los derechos morales y materiales de los autores y creadores.

2. Los investigadores, científicos, centros de investigación y las empresas y demás organizaciones sociales, económicas y culturales tienen el deber y la obligación de promover el conocimiento, el desarrollo y la innovación científica y tecnológica responsable en beneficio de la humanidad, y de proceder de conformidad con las mejores prácticas éticas.

—— Trece

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de prevenir enfermedades y contagios, así como de hacer un uso racional y responsable de los servicios de salud.

2. Todas las empresas y empleadores tienen el deber y la obligación de velar por las condiciones salubres del trabajo.

3. Todas las personas tenemos el deber de exigir prestaciones de salud de carácter gratuito y universal así como la regulación adecuada de los precios de los medicamentos.

4. Todas las empresas farmacéuticas y médicas tienen el deber y la obligación de compartir conocimiento científico y técnico y de fijar los precios de los medicamentos de forma que no se impida el acceso de la población a condiciones básicas de salud.

5. Todas las personas, organizaciones económico-empresariales y organizaciones sociales y culturales, tenemos el deber y la obligación de distribuir equitativamente los alimentos y de no desperdiciarlos a fin de erradicar el hambre.

—— Catorce

1. Todas las personas y empresas dondequiera que ubiquen la sede de su actividad, tenemos el deber y la obligación de promover y de exigir un trabajo en condiciones dignas y seguras. Declaración Universal de Deberes Humanos con una retribución justa, no discriminatoria y con pleno respeto a la prohibición del trabajo infantil.

2. Los empleadores tienen el deber y la obligación de garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el empleo, de respetar el derecho de los trabajadores a organizarse colectivamente y a la libertad sindical, de promover el pleno empleo y el acceso de los jóvenes al trabajo y de proporcionar medidas de acomodo razonable a las personas con discapacidades y necesidades específicas.

3. Los empleadores tienen el deber y la obligación de contribuir al sistema de seguridad social.

4. Los empresarios tienen el deber y la obligación de respetar y promover el cumplimiento de los derechos humanos dentro de sus esferas de influencia y, en especial, de abstenerse de formas de explotación humana.

5. Todas las personas tenemos el deber de desempeñar nuestro trabajo y profesión con sujeción a los respectivos códigos deontológicos.

—— Quince

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de respetar el derecho a la propiedad individual y colectiva.

2. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de aceptar los límites que imponga la función social de la propiedad.

—— Dieciséis

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de respetar la libertad de movimientos y de exigir que se vele por los derechos de los migrantes, solicitantes de asilo y refugio.

2. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de hospitalidad para con los migrantes, refugiados y asilados, así como de exigir la contribución al desarrollo y la paz de los países de origen o proveniencia.

—— Diecisiete

Todas las personas y organizaciones económico empresariales tenemos el deber y la obligación de conservar y exigir el cuidado del medio ambiente y la protección de la biodiversidad para el disfrute de las generaciones presentes y futuras, haciendo un uso racional y eficiente de las energías y recursos naturales y garantizando el desarrollo sostenible.

—— Dieciocho

Todas las personas tenemos el deber y la obligación de respetar y exigir el respeto del hábitat y formas y condiciones de vida de los animales no humanos, así como de abstenerse de cualquier forma de crueldad en la producción de alimentos.

—— Diecinueve

En reconocimiento de la interdependencia humana, todos, sin distinción de sexo, tenemos el deber y la obligación de contribuir al cuidado de personas dependientes, vulnerables y en situación de vulnerabilidad, así como la obligación de exigir prestaciones públicas que contribuyan al desarrollo de la especie humana.

—— Veinte

1. Todas las personas, organizaciones económico empresariales y organizaciones sociales y culturales, tenemos la obligación de contribuir al sostenimiento del gasto público y a la reducción de la desigualdad de forma proporcional, progresiva y suficiente para garantizar la satisfacción de los derechos, y en particular los sociales, culturales, económicos y ambientales.

2. Todas las personas, organizaciones económico empresariales y organizaciones de todo tipo, tenemos el deber y la obligación y exigir a las autoridades que luchen contra la evasión fiscal.

—— Veintiuno

1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de velar por el cumplimiento de las normas del orden jurídico nacional e internacional y de acatamiento de la autoridad legítima.

2. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de contribuir y exigir la buena gobernanza, la erradicación de la corrupción y la impunidad.

3. Todas las personas y organizaciones económico empresariales tenemos el deber y la obligación de colaborar con la administración de justicia y la persecución de la criminalidad nacional e internacional.

—— Veintidós

Todas las personas y organizaciones tenemos el deber y la obligación de contribuir a la resolución pacífica de los conflictos y a la paz, en particular las empresas productoras y comercializadoras de armas y municiones.

—— Veintitrés

Todas las personas tenemos el deber y la obligación de contribuir a la defensa de los intereses fundamentales de la comunidad, y de no permitir el reclutamiento y participación de menores.