Controvertido Fallo: Juez Sobresee al ex sacerdote jesuita Felipe Berríos por Prescripción de la causa, Pese a Acreditarse el Abuso Sexual

Un veredicto que despierta debate y conmoción. El juez Edgardo Gutiérrez, del 34° Juzgado del Crimen de Santiago, ha dictado el sobreseimiento total y definitivo del ex sacerdote Felipe Berríos, invocando la prescripción de la acción penal. La decisión llega en el marco de una investigación por abuso sexual de mayor de 12 años, donde, paradójicamente, el tribunal ha dado por acreditados los hechos denunciados.

Los Hechos Acreditados: Un Episodio en el Santuario

La sentencia confirma un grave episodio ocurrido en agosto de 2000, durante un retiro espiritual realizado en el Santuario de Schoenstatt, ubicado en la comuna de La Florida. El fallo judicial describe con precisión el momento del abuso:

«El día 17 de agosto del año 2000, alrededor de las 20:00 a 21:00 horas aproximadamente, en el inmueble ubicado en Avenida Vicente Valdés Nº 644, comuna de La Florida, conocido como Casa de Retiros P. José Kentenich, Santuario de Schoenstatt, el imputado Felipe Hernán Berríos del Solar, procedió a realizar actos de relevancia y connotación sexual en contra de la víctima (…), consistentes en colocar su dedo pulgar en la boca de la víctima, rozando su labio de abajo, diciéndole que era muy bonita, para luego tomarla de la cintura y presionar su cuerpo en contra del cuerpo de la víctima, momentos en que la víctima siente la respiración jadeante en su cuello y el pene erecto del imputado sobre la zona pélvica de esta».

La Consistencia del Relato y la Vulnetación Acreditada

El tribunal fue enfático al señalar la validez de la denuncia. Según la sentencia, «el hecho descrito, constituye un acto de evidente vulneración sexual, afectando directamente el bien jurídico protegido, apareciendo dicho relato como coincidente, en lo fundamental, con las demás pruebas de cargo incorporadas al proceso, que recaen sobre el contexto en que se ejecutó aquel evento abusivo y la develación de los hechos».

El fallo profundiza, indicando que «dicho comportamiento del sujeto activo importa el conocimiento de los elementos del tipo objetivo de la figura penal de abuso sexual de mayor de 12 años y la voluntad manifiesta de realización, concurriendo de esa forma el dolo directo, como elemento subjetivo del tipo».

Asimismo, la resolución judicial estableció que «se debe tener presente que los hechos acontecieron en una época en que la víctima tenía 15 años». La consistencia del testimonio de la víctima a lo largo del tiempo fue un factor clave: «En este sentido, es posible establecer que el testimonio entregado por la víctima en el presente proceso fue consistente a través del tiempo, no existiendo contrariedades significativas entre los relatos realizados en distintos momentos del proceso y en las distintas instancias».

De esta forma, la prueba «ha permitido dar por acreditado que (…) sufrió, por parte del imputado Felipe Hernán Berríos del Solar, una agresión en el ámbito de su indemnidad sexual». La investigación concluyó que la «prueba testimonial y documental, se encuentran dotadas de la consistencia y concordancia suficiente como para dar crédito a sus aseveraciones, y considerando que los dichos de la víctima guardan armonía en lo medular con las declaraciones de testigos y demás prueba documental incorporada durante el transcurso de la investigación, todos que analizados conforme a la sana crítica, permiten tener por acreditado los elementos del tipo penal de abuso sexual de mayor de 12 años, hecho acaecido el día 17 de agosto del año 2000, en el inmueble ubicado en Avenida Vicente Valdés Nº 644, comuna de La Florida, ilícito previsto y sancionado en el artículo 366 en relación con el artículo 361 Nº 1 ambos del Código Penal vigente a la época de ocurrencia de los hechos”.

La Prescripción: Un Fin Judicial, No de la Verdad

A pesar de la contundente acreditación de los hechos de abuso sexual, la justicia chilena se vio limitada por los plazos legales. Finalmente, la resolución determinó que «se sobresee total y definitivamente la presente causa, por la causal del artículo 408 N° 5 del Código de Procedimiento Penal, en relación con el artículo 93 N° 6 del Código Penal, esto es, por haberse extinguido la responsabilidad penal del denunciado Felipe Hernán Berríos del Solar, por prescripción de la acción penal».

Este sobreseimiento por prescripción, aunque un cierre formal para el caso judicial, subraya la complejidad de los delitos sexuales y el dolor que puede generar la impunidad cuando los plazos legales superan la capacidad de acción de la justicia. La parte querellante tiene la posibilidad de recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago para revertir el fallo de primera instancia.

Compañía de Jesús

Un largo y doloroso proceso canónico, que culminó en mayo de 2024, ha resultó en una decisión de alto impacto: la Compañía de Jesús en Chile expulsó de sus filas al sacerdote Felipe Berríos. Tras una exhaustiva investigación, la orden jesuita determinó su culpabilidad en «delitos contra el sexto mandamiento» cometidos con menores de edad, un fallo que resuena con fuerza en la Iglesia chilena y la sociedad.

Fue hace casi un año cuando un comunicado oficial remeció el ambiente eclesiástico chileno. La Compañía de Jesús, en una determinación de profundo calado, anunció la expulsión de uno de sus miembros más conocidos, el sacerdote Felipe Berríos. La drástica medida es el punto final de una investigación canónica que, tras analizar minuciosamente los antecedentes, concluyó que Berríos es «culpable de delitos contra el sexto mandamiento» perpetrados contra menores de edad.

«Luego de un largo proceso canónico, el Padre General de la Compañía de Jesús, tras haber estudiado los antecedentes recopilados, ha decretado la expulsión de Felipe Berríos de la Compañía de Jesús», reza el comunicado oficial, subrayando la gravedad de las faltas. La decisión, además de su expulsión, impone a Berríos una prohibición tajante: «el ejercicio público del sacerdocio y todo contacto pastoral con menores de edad durante un período de 10 años».

Aval del Vaticano y el Peso de las Denuncias:

La contundencia de esta resolución es mayor, ya que cuenta con el respaldo del Dicasterio para la Doctrina de la Fe. Esta instancia vaticana, reconocida por su rol en la salvaguarda de la integridad y la fe dentro de la Iglesia católica, avaló la determinación de los jesuitas, confiriéndole un peso institucional innegable.

La investigación que desembocó en esta histórica expulsión se inició el 28 de abril de 2022, a raíz de una denuncia formal. A lo largo del proceso, la Compañía de Jesús confirmó la «verosimilitud de hechos de índole sexual, denunciados por siete mujeres, que tenían entre 14 y 23 años cuando ocurrieron». Un cúmulo de testimonios que, al ser validados, sellaron el destino eclesiástico del sacerdote.

La noticia de la expulsión de Felipe Berríos, una figura pública que en el pasado tuvo relevancia en diversos ámbitos sociales, genera un profundo impacto en la Iglesia chilena, que continúa enfrentando los desafíos de la crisis de los abusos sexuales. Esta decisión, tomada con el rigor que exigen los protocolos eclesiásticos y el dolor que implica para las víctimas, busca reafirmar el compromiso de la Compañía de Jesús con la justicia y la protección de los más vulnerables.

SOJ

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