Sala Penal de la Suprema ordena que el caso del conscripto fallecido en Putre sea tramitado por la justicia civil

Los ministros Andrea Muñoz (presidenta), Manuel Antonio Valderrama y Leopoldo llanos, además de los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Juan Carlos Ferrada, expresan en su resolución unánime: «Se declara que el Juzgado de Garantía de Arica es competente para conocer de este asunto, al que deberán ser remitidos todos los antecedentes del proceso para continuar con su tramitación».

El tribunal emitió esta tarde un fallo conde resuelve la disputa de competencia entre la ministra en visita del tribunal castrense, Jenny Book, y el Juzgado de Garantía de Arica sobre la investigación por la muerte del conscripto Franco Vargas (19), ocurrida durante una instrucción militar en la comuna de Putre, Región de Arica y Parinacota.

En su decisión, los ministros Andrea Muñoz (presidenta), Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, junto a los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Juan Carlos Ferrada, expresaron que «no es admisible sostener que los hechos materia de la investigación sean competencia de la justicia militar, dado que su naturaleza jurídica excluye tal competencia. Corresponde su conocimiento y juzgamiento al juez natural, que es el de la justicia ordinaria».

Los magistrados determinaron que «el Juzgado de Garantía de Arica es competente para conocer de este asunto», ordenando la remisión de todos los antecedentes del proceso para continuar con su tramitación. Argumentaron que los hechos investigados, relacionados con el fallecimiento de Franco Vargas durante una formación militar en los cuarteles del Ejército de Chile en ‘Pocollo’ y ‘Putre’, podrían constituir delitos como apremios ilegítimos y apremios ilegítimos en concurso con homicidio, tipificados en el Código Penal, los cuales deben ser conocidos por la judicatura ordinaria civil, no pudiendo ser considerados actos de servicio militar».

Además, destacaron que «los hechos atribuidos, al tratarse de apremios ilegítimos cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones, podrían también configurar tratos crueles, inhumanos o degradantes, delitos que forman parte del catálogo de crímenes contra los Derechos Humanos según el Derecho Internacional, vinculante para Chile conforme a nuestra Constitución».

Con esta resolución, se zanja la disputa sobre la jurisdicción competente para el caso, reafirmando la competencia de la justicia ordinaria civil para su conocimiento y resolución.