Derecho al Olvido Oncológico o el Fin a la discriminación de personas que padecieron cáncer

Cancer patient resting

La Ley 21.656, vigente desde febrero de 2024, establece el «derecho al olvido oncológico» para proteger a quienes superaron un cáncer. Esta iniciativa busca evitar la discriminación en la contratación de servicios como seguros de salud o productos financieros.

El “derecho al olvido oncológico” busca proteger a quienes hayan padecido cáncer, y hayan finalizado su tratamiento radical, sin recaída
posterior, impidiendo que sean discriminados por las empresas al momento de contratar servicios, por ejemplo, seguros de salud o productos financieros. De esta misma forma, una vez que hayan transcurrido cinco años desde haber sido dados de alta de la enfermedad y sin recaídas posteriores, se prohíbe la solicitud de información oncológica o la obligación de declarar haber padecido una patología oncológica a la fecha de suscripción del contrato.
Lo anterior implica que las empresas aseguradoras o las entidades financieras no pueden tomar en cuenta o solicitar el historial clínico de las personas que fueron afectadas por cáncer ni obligarlas a declarar la preexistencia de alguna enfermedad oncológica permitiendo a quienes padecieron esta enfermedad acceder a los servicios bajo las mismas condiciones respecto de quienes no la han tenido.

¿Qué significa el derecho al olvido oncológico?

  • 5 años después del alta médica sin recaídas: Las empresas no pueden considerar el historial oncológico de las personas.
  • Prohibición de solicitar información oncológica: Las empresas no pueden pedir información sobre el cáncer a la hora de contratar un servicio.
  • Igualdad de condiciones: Las personas que superaron un cáncer deben tener las mismas oportunidades que las que no lo han padecido.

¿Qué hacer en caso de discriminación?

  • Reclamar ante SERNAC: Puedes presentar una denuncia en www.sernac.cl o llamando al 800 700 100.
  • SERNAC puede iniciar acciones legales: El Servicio Nacional del Consumidor puede defender tus derechos y sancionar a las empresas infractoras.

¿Qué medidas ha tomado SERNAC?

  • Monitoreo del comportamiento de las empresas: SERNAC está vigilando que las empresas, especialmente las aseguradoras y entidades financieras, cumplan con la ley.

¿Qué otras medidas se han adoptado?

  • Circular N°461 de 2023: La Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud dictó esta circular para precisar la información que deben entregar los prestadores de salud en el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES.
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