Alivio tributario para Ñuble y Biobío: El SII activa plan de emergencia para damnificados y empresas afectadas


Frente a la devastación provocada por los incendios forestales, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha desplegado un paquete de medidas excepcionales. El objetivo es proporcionar oxígeno financiero a las personas y empresas de las zonas bajo catástrofe, flexibilizando plazos, perdonando multas e incentivando la ayuda solidaria.

1. Condonación automática de multas e intereses

Mediante la Resolución N° 14, el SII estableció que los contribuyentes de las comunas más afectadas que no hayan podido cumplir con sus obligaciones tributarias mensuales debido a la emergencia, recibirán una condonación automática del 100% en intereses y multas.

  • ¿A quién beneficia? A contribuyentes de 15 comunas específicas (ver tabla abajo).
  • ¿Cómo se aplica? De forma automática al realizar la declaración en línea (Formularios 29 y 50) a través de sii.cl.
  • Plazo: El beneficio rinde hasta el 28 de febrero de 2026.
RegiónComunas Beneficiadas
ÑubleEl Carmen, Quillón, Coelemu, San Ignacio, Pinto, San Fabián, Coihueco, San Nicolás y Ranquil.
BiobíoLaja, Florida, Concepción, Penco, Tomé, Coronel y Santa Juana.

2. Gastos aceptados para enfrentar la catástrofe

Para las empresas que han debido invertir recursos para protegerse del fuego, el SII ha emitido la Circular N° 4, que permite deducir como gasto necesario para producir renta (bajando así la base imponible) los siguientes desembolsos:

  • Inversiones voluntarias u obligatorias para evitar, contener o disminuir la propagación de incendios.
  • Gastos destinados a aminorar o paliar los efectos del desastre para resguardar la continuidad del negocio.

Beneficio aplica en nueve comunas de Ñuble y siete de Biobío.



3. Incentivos a las donaciones y beneficios fiscales

Con el fin de agilizar la llegada de ayuda humanitaria, el Servicio recordó que existen facilidades legales para quienes deseen donar:

  • Sin burocracia: Las donaciones en contexto de catástrofe no requieren autorización previa del SII.
  • Sin límites de monto: No se aplica el límite habitual de 250 UTM para donaciones en dinero o especies en zonas de emergencia.
  • Bienes perecibles: Se facilitan los beneficios para la donación de alimentos o bienes sujetos a próximo deterioro.

4. Apoyo por pérdidas de inventario y documentos

Entendiendo que muchos negocios han sufrido daños estructurales, se han dispuesto medidas para evitar sanciones adicionales:

  • Pérdida de Existencias: Se otorga un plazo especial de hasta 6 meses para informar al SII sobre la pérdida de inventario o mercaderías destruidas.
  • Libros y Documentos: Se condonan las multas por la pérdida de libros de contabilidad o documentos tributarios que hayan sido consumidos por el fuego en las zonas afectadas.

    SOJ

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