La Corte de Apelaciones de Concepción ha zanjado la controversia cautelar del llamado caso «Piratas del jurel,» un insólito incidente de intento de robo con intimidación a una nave pesquera en las costas de Coronel. En una decisión que endurece la posición inicial del Juzgado de Garantía, el tribunal de alzada decretó la prisión preventiva para un total de cinco de los doce sujetos formalizados.
El caso, que impactó al sector pesquero, se remonta a la madrugada en que funcionarios de la Capitanía de Puerto de Coronel sorprendieron a doce individuos intentando asaltar un pesquero de altura que regresaba a puerto. El Capitán de Puerto de Coronel, Osvaldo Cuadra, confirmó que se detuvo a «doce individuos que estaban realizando robo con intimidación a bordo de un pesquero en altamar».
La Batalla Judicial por la Cárcel
Tras la detención, la Fiscalía formalizó a la totalidad de los doce imputados por el delito de robo con intimidación en carácter de frustrado. El Ministerio Público consideró la extrema gravedad de los hechos y solicitó la prisión preventiva para cinco de ellos.
El Juzgado de Garantía de Coronel, sin embargo, solo accedió a la prisión preventiva para uno de los formalizados, dejando al resto con arresto domiciliario total y arraigo nacional. Ante esta divergencia, la Fiscalía apeló de forma inmediata ante la Corte de Apelaciones.
La Primera Sala del tribunal de alzada penquista acogió el recurso y revocó la decisión respecto a cuatro imputados adicionales, sumándolos a la medida cautelar más gravosa. De esta manera, el listado de acusados que debe ingresar a prisión preventiva quedó conformado por:
- Claudio Alejandro Monsalves Sáez
- Yohan Segundo Becerra Espinoza
- Carlos Manuel Molina Sáez
- Joan Paul Rojas Arce
Peligro para la Seguridad y Desestimación de la Defensa
El fallo de la Corte fue unánime y contundente, fundamentando la necesidad de la prisión preventiva en el «peligro para la seguridad de la sociedad. Que, la defensa cuestiona todos los hechos de la formalización y niega la comisión de algún delito, alegando que, al momento de la detención, los imputados abordan el pesquero, para salvar su vida, ya que se encontraban en medio de un temporal, en embarcaciones menores. Sobre el particular, cabe señalar que en la audiencia respectiva, la misma defensa no cuestionó los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Asimismo, el relato expuesto por el defensor, no se sostiene en ningún elemento o antecedente de la investigación expuesto en esta audiencia, ni siquiera en la interpretación que hace el propio defensor de los hechos descritos en el parte policial y, al contrario, no se otorga explicación alguna de las razones lógicas por las cuales, doce personas, en dos embarcaciones pequeñas, sobrepasando su capacidad, se encontraban en alta mar, en la madrugada, sin elementos de pesca».
La Corte desestimó la tesis de la defensa, que intentaba justificar el abordaje del pesquero como un acto de auxilio mutuo en medio de un temporal. El fallo señaló que dicha excusa «no se sostiene en ningún elemento o antecedente de la investigación,» y cuestionó la lógica de que «doce personas, en dos embarcaciones pequeñas, sobrepasando su capacidad, se encontraban en alta mar, en la madrugada, sin elementos de pesca».
El tribunal citó múltiples factores que aumentan la peligrosidad de la conducta:
- Modo de Operar: Abordar un barco pesquero en alta mar de madrugada, intimidando a la tripulación con elementos.
- Gravedad del Delito: La formalización se realizó por un delito que tiene asignada una pena de crimen.
- Acción Organizada: Se determinó que los imputados «han obrado en grupo o pandilla.»
- Antecedentes: Se tomó en cuenta que todos los imputados mantienen condenas anteriores, lo que es indicativo de su «irreprochable conducta.»
La resolución final ratifica la gravedad con que la justicia aborda los delitos cometidos en el ambiente marítimo, dejando a cinco de los doce acusados en prisión preventiva mientras dure la investigación. El resto de los imputados en el caso se mantiene sujeto a las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional.
SOJ





