El Gobierno de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado (CDE), ha presentado una apelación ante la Corte de Apelaciones para revertir la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) que le exigía entregar los correos institucionales de Carlos Durán, actual jefe de gabinete de la Presidencia, y Miguel Crispi, exjefe de asesores de La Moneda. Esta disputa se enmarca en la investigación por el caso que involucra al exsubsecretario Manuel Monsalve.
El diputado independiente Tomás Lagomarsino había solicitado originalmente esta información amparándose en la Ley de Transparencia, buscando verificar las gestiones realizadas para hallar un reemplazo para el exsubsecretario. Aunque la solicitud fue inicialmente denegada, una apelación posterior ante el CPLT resultó en una orden para que La Moneda accediera a la petición del parlamentario.
La Información Solicitada y la Controversia
La resolución del CPLT especificaba que se debía entregar a Lagomarsino «copia de los correos electrónicos institucionales enviados y recibidos entre el 14 y el 18 de octubre de 2024, entre las personas individualizadas, que digan relación con las gestiones de reemplazo del exsubsecretario Manuel Monsalve, reservándose, en el evento de ser pertinente, la información sobre materias diversas a la pedida; de inteligencia, relaciones internacionales, seguridad y orden público».
Sin embargo, el abogado Marcelo Chandía Peña, en representación de los órganos del Ejecutivo, presentó un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones. En el documento, se solicita que se declare la ilegalidad de la decisión del CPLT y se deje sin efecto su resolución, argumentando que la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República actuó conforme a derecho al denegar la entrega de los correos.
Argumentos de «Seguridad Nacional» y Presunta Ilegalidad del CPLT
La apelación de La Moneda se sustenta en la causal de reserva establecida en el artículo 21 N°3 y N°4 de la Ley de Transparencia, relativa a la afectación a la seguridad de la nación y al interés nacional. El Gobierno sostiene que la información a la que tienen acceso las personas cuyos correos se solicitan está «revestida de una alta sensibilidad», dado el rol de colaboradores directos del Presidente de la República.
El documento presentado por el CDE concluye que el CPLT «resolvió este caso de forma completa y manifiestamente ilegal, exigiendo la entrega de información que no se condice con lo señalado por la Ley de Transparencia y la jurisprudencia administrativa y judicial, obligando a la Presidencia de la República a entregar correos electrónicos no amparados por dicha normativas, contraviniendo la normas que regulan la transparencia pública, además del literal b) del artículo 33 de la Ley de Transparencia, así como los artículos 11 y 41 de la Ley N°19.880, debido a que el acto reclamado carece de la fundamentación mínima necesaria».
La Moneda solicita a la Corte de Apelaciones acoger el reclamo de ilegalidad y declarar la actuación del Consejo para la Transparencia como ilegal en esta resolución. Este caso pone nuevamente en el centro del debate la tensión entre la transparencia y la reserva de información en el ámbito del poder ejecutivo.
SOJ





