Justicia para Renata (promedio 6,2): Corte de Apelaciones Ordena a Colegio Itahue de Villuco, Promover a Alumna TEA Tras Fallo por Discriminación

El tribunal determinó que el establecimiento educacional discriminó a la niña y no le brindó el apoyo necesario.

La Corte de Apelaciones de Concepción ha emitido un fallo histórico a favor de Renata, una niña con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y ordenó al Colegio Itahue de Villuco, perteneciente al Opus Dei, la promoción de la alumna a quinto año básico. La decisión judicial surge tras un recurso de protección interpuesto por los padres de Renata, quienes denunciaron un acto ilegal y arbitrario por parte del establecimiento educacional.

El conflicto se originó cuando el colegio decidió retener a Renata en cuarto año básico, alegando que no había cumplido con el 85% de asistencia mínima requerida durante el año escolar 2024. Sin embargo, los padres de la niña argumentaron que sus ausencias estaban debidamente justificadas por razones de salud relacionadas con su condición de TEA.

Pedro Soto, padre de Renata, calificó la decisión del colegio como un acto discriminatorio, especialmente considerando que su hija obtuvo un promedio final de 6,2. «Es algo súper difícil para nosotros porque esto empezó desde que mi hija entró al Colegio», expresó Soto. «Ellos tenían un cálculo de un 71% de asistencia y gracias a la intermediación de la Superintendencia de Educación, eso se logró ajustar a 83% y el colegio aún insistió en que debía quedar repitiendo».

Soto también denunció otras situaciones de discriminación durante los dos años que su hija asistió al colegio, incluyendo la falta de adecuaciones curriculares y la exclusión de Renata de ciertas actividades escolares. «Siempre fue una complicación todo eso», afirmó Soto. «De alguna manera podría decir que no le hicieron adecuación, cuando la tutora no asistió, la sacaron de la sala, no la dejaron entrar, no la dejaban participar de las misas y actos para que no molestara».

Ante el recurso de protección, el Colegio Itahue, representado por el abogado Renzo Esteban Munita Marambio, solicitó su rechazo, argumentando que no había existido ninguna actuación ilegal o arbitraria y que el caso estaba pendiente de resolución ante la Superintendencia de Educación.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones falló a favor de Renata, acogiendo el recurso de protección y ordenando al colegio su promoción a quinto año básico. El tribunal determinó que el establecimiento educacional discriminó a la niña y no le brindó el apoyo necesario.

«SE ACOGE sin costas, el recurso de protección deducido por Pedro Antonio Soto Antileo y Carmen Srain González, a favor de su hija Renata en contra del Colegio Itahue de Chiguayante, sólo en cuanto se ordena a dicho establecimiento educacional promover a la alumna indicada a quinto año de enseñanza básica», señala el fallo, redactado por el ministro Rodrigo Cerda San Martín.

La decisión de la Corte de Apelaciones representa un importante precedente en la defensa de los derechos de los niños con TEA y un llamado de atención a los establecimientos educacionales sobre la importancia de garantizar la inclusión y el respeto a la diversidad.

SOJ