El miércoles pasado, los pasillos de La Moneda se llenaron de optimismo. El Ejecutivo celebraba un hito clave: la aprobación en general del proyecto de Reconstrucción, una de las vigas maestras en la agenda del Presidente José Antonio Kast. La iniciativa había logrado sortear el tablero del Senado con los 26 votos justos requeridos. Sin embargo, el alivio duró poco. Apenas 48 horas después, uno de los pilares de esa frágil mayoría parlamentaria terminó por agrietarse en los tribunales.
Se trata del senador por Aysén, Miguel Ángel Calisto (Ind-Demócratas). El viernes, el Ministerio Público activó una contundente ofensiva en su contra, imputándolo junto a otras siete personas por delitos reiterados de fraude al fisco y fraude de subvenciones. La Fiscalía no fue con rodeos: solicitó una pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio y, en paralelo, ingresó la petición de desafuero ante la Corte de Apelaciones de Coyhaique.
El golpe judicial instala una interrogante de alto voltaje político: si el legislador queda inhabilitado para Desafuero,votar, ¿se desploma la agenda del Gobierno?
La matemática del Congreso: ¿Por qué la caída de Calisto no tumba el proyecto?
A primera vista, la pérdida de un aliado clave —no oficialista, pero sí afín a las propuestas gubernamentales— parece catastrófica para una administración que legisla al filo de los quórums. No obstante, la arquitectura reglamentaria del Congreso posee un mecanismo de amortiguación.
De acuerdo con el artículo 7° de la Ley Orgánica de la corporación y el artículo 61 de la Constitución, un parlamentario suspendido tras un desafuero firme deja de contarse como miembro «en ejercicio». Esto genera un efecto dominó en la calculadora parlamentaria:
- Con Calisto activo: Sobre un universo de 50 senadores, la mayoría absoluta exige 26 votos.
- Con Calisto suspendido: El total de senadores en ejercicio baja a 49. Al reajustarse la tabla de proporcionalidad, la mayoría absoluta se reduce a 25 votos.
En la práctica, si el oficialismo logra amarrar los 25 respaldos restantes, mantendría una ventaja mínima pero suficiente sobre los 24 votos de la oposición, salvando así la viabilidad del proyecto de Reconstrucción.
La variable del tiempo: El fantasma del precedente judicial
La gran incógnita que hoy desvela a los estrategas políticos es cuánto tardará la Corte de Apelaciones de Coyhaique en resolver el desafuero. Aunque la tramitación no tiene plazos rígidos por ley, la propia historia judicial de Calisto —quien ya enfrentó este escenario en su época como diputado— ofrece una bitácora precisa de los tiempos que se manejan.
Cronología de un desafuero anterior (2025):
- 25 de junio: El Consejo de Defensa del Estado (CDE) interpone la querella por fraude al fisco.
- 27 de junio: La Fiscalía de Aysén solicita formalmente el desafuero.
- 4 de agosto: Tras 38 días, la Corte local ordena suspender sus fueros.
- 29 de septiembre: 94 días después de la solicitud inicial, la Corte Suprema ratifica la medida en un fallo dividido.
Aquel precedente, que culminó con el parlamentario formalizado el pasado 10 de mayo bajo las medidas cautelares de arraigo nacional y prohibición de comunicarse con el resto de los imputados, demuestra que el proceso suele resolverse en un margen de tres meses.
El reloj ya está corriendo en los tribunales del sur, y aunque las matemáticas le dan un respiro temporal al Gobierno, el destino de las reformas clave vuelve a quedar bajo el arbitrio de los tiempos judiciales.
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