En un fallo que sienta precedente, la justicia chilena ha condenado a Banco Scotiabank a pagar una multa de 100 UTM (aproximadamente 7 millones de pesos) por discriminar arbitrariamente a clientes mayores de 75 años. La sentencia, que acoge una denuncia del Sernac, establece que la política del banco, que limitaba la renovación de tarjetas de crédito por razones de edad, es ilegal e injustificada.
El caso se originó a partir de los reclamos de dos adultos mayores a quienes se les negó la renovación de sus tarjetas de crédito. Pese a ser clientes con buen historial, la entidad bancaria rechazó su solicitud basándose únicamente en que habían superado el límite de edad de 75 años, sin considerar su capacidad de pago u otros parámetros objetivos.
Tras una investigación, el Sernac llevó el caso ante el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, acusando a Scotiabank de incurrir en discriminación arbitraria.
La edad no puede ser un criterio de rechazo
El tribunal falló a favor del Sernac, argumentando que la política del banco que establece un límite de edad para ser cliente es «arbitraria y carente de toda justificación». La sentencia subraya que la edad por sí sola no es una razón válida para restringir el acceso a productos financieros.
El Sernac ha valorado el fallo, recordando que la Ley del Consumidor, así como la Ley Antidiscriminación (Ley Zamudio), prohíbe explícitamente la discriminación basada en la edad. La normativa establece que las instituciones financieras deben realizar un análisis de solvencia económica objetivo antes de negar un crédito. Este análisis debe considerar factores como los ingresos, el nivel de endeudamiento y el historial de pagos del consumidor.
Derechos del consumidor y la población mayor
La ley también estipula que, en caso de rechazo, cualquier persona tiene derecho a solicitar un informe escrito con las razones que justifican la decisión, el cual debe ser entregado en un plazo de 10 días. Estas razones deben ser siempre objetivas y no pueden basarse únicamente en la edad.
El Sernac hace un llamado a las empresas a adaptarse a la realidad de un país con una población de adultos mayores cada vez más numerosa e independiente, con capacidad para asumir compromisos financieros. Este fallo es un recordatorio claro de que la edad no puede ser un obstáculo para acceder a productos y servicios en el mercado chileno.
SOJ





