En una resolución que marca un hito en las causas derivadas del estallido social, el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó la absolución unánime del excarabinero Claudio Crespo. La justicia determinó que las pruebas presentadas por la Fiscalía Metropolitana Centro Norte resultaron insuficientes para acreditar su responsabilidad directa en los disparos que provocaron la ceguera total de Gustavo Gatica en noviembre de 2019.
El tribunal desestimó los cargos por apremios ilegítimos en el caso de Gustavo Gatica, determinando que el uso de la fuerza no fue un abuso, sino una respuesta legalmente justificada.
La sentencia absolutoria representa un fracaso de la tesis de la fiscal Ximena Chong, quien solicitaba una pena de 12 años de presidio.
Una fuerza «gradual y necesaria»
La jueza Cristina Cabello, encargada de redactar la sentencia, fue enfática al señalar que la evidencia desarticuló la tesis de la fiscalía. Según el fallo, Carabineros agotó sistemáticamente los medios menos lesivos antes de recurrir al uso de la escopeta antidisturbios.
La magistrada subrayó que el operativo desplegado en la intersección de Carabineros de Chile con Vicuña Mackenna no buscaba provocar a manifestantes pacíficos, sino cumplir con el deber constitucional de restablecer el orden público. El tribunal calificó la acción policial como una «respuesta necesaria ante agresiones potencialmente letales», descartando de plano cualquier hipótesis de provocación previa por parte de los uniformados.
Los pilares de la absolución
El tribunal fundamentó la inocencia de Crespo bajo la figura de la legítima defensa, acreditando la concurrencia de sus tres requisitos legales:
- Agresión ilegítima: Se demostró que el personal policial enfrentaba ataques violentos y progresivos.
- Necesidad racional del medio empleado: El uso del armamento se consideró proporcional ante el nivel de violencia de los manifestantes.
- Falta de provocación: La conducta ofensiva de la muchedumbre validó la intervención estatal.
«La conducta del acusado, aunque derivó en las graves lesiones sufridas por el ofendido, se encuentra amparada por el derecho», leyó la magistrada, puntualizando que Crespo actuó bajo el ejercicio legítimo de la defensa en un contexto de alteración grave del orden público.
Con este veredicto, la justicia establece que el actuar de Crespo se ajustó a los protocolos de fuerza ante una amenaza inminente, cerrando así uno de los capítulos judiciales más emblemáticos y divisivos de los últimos años en Chile.
SOJ





