Un paro cardiorrespiratorio en un lugar público puede ocurrir en cualquier momento, y tener un Desfibrilador Externo Automático (DEA) a mano es, literalmente, la diferencia entre la vida y la muerte. Con esto en mente, las autoridades regionales se trasladaron hasta el Mall Mirador Biobío en Concepción para encabezar un masivo operativo de inspección, exigiendo el estricto cumplimiento de la normativa que obliga a los recintos de alta afluencia pública a contar con estos equipos.
Las autoridades recordaron que, bajo el Decreto Supremo N° 56/2020, ningún espacio masivo puede operar a ciegas en materia de seguridad cardíaca.
El balance en cifras: Entre 2025 y lo que va de 2026, la Autoridad Sanitaria ya ha realizado 20 inspecciones en la región, las cuales han derivado en dos sumarios sanitarios debido a la falta de desfibriladores o al mal estado de sus componentes esenciales.
La Seremi (s) de Salud enfatizó que los primeros minutos de una crisis cardíaca son cruciales para evitar secuelas graves o desenlaces fatales. El Estado mantiene un despliegue permanente para vigilar que los recintos comerciales y de transportes cumplan las reglas y protejan a sus usuarios.
Resultados de la gestión fiscalizadora:
- 20 inspecciones ejecutadas desde 2025 a la fecha.
- 02 sumarios sanitarios iniciados por la ausencia de equipos o fallas en sus insumos básicos.
Los DEA son herramientas de emergencia vitales capaces de analizar el ritmo cardíaco y aplicar descargas eléctricas guiadas para restablecer las funciones del corazón antes de la llegada de equipos médicos de avanzada.
Asimismo, se reiteró la obligación de certificar y registrar estos dispositivos a través de los portales oficiales: dipol.minsal.cl o seremidesaludbiobio.cl.
Para asegurar una respuesta rápida, la Autoridad Sanitaria recordó cuáles son los requisitos obligatorios de instalación para terminales, puertos, aeropuertos y centros comerciales:
- Visibilidad: Deben estar en lugares completamente visibles y libres de obstáculos.
- Distancia: El acceso debe ser expedito y a una distancia máxima de 150 metros desde cualquier punto del recinto.
- Distribución: Se debe contar con al menos 1 desfibrilador cada 3 pisos o niveles. En el caso de los recintos de salud, su ubicación es obligatoria en las áreas comunes.
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