Por qué el CDE rechaza demanda de Blumar ensobre la Ley de Fraccionamiento Pesquero

La batalla judicial por la Ley de Fraccionamiento Pesquero ha escalado a una nueva etapa. El Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una contundente respuesta ante el 29° Juzgado Civil de Santiago, rechazando punto por punto la demanda de la pesquera Blumar, que exige una indemnización histórica de más de $194 mil millones.

Para el organismo fiscal, la pretensión de la empresa —ligada a las familias Yaconi-Santa Cruz y Sarquis— no solo carece de base legal, sino que intenta arrebatarle al Congreso su facultad soberana de legislar.

1. «¿Expropiación? Aquí no ha pasado nada»

El pilar de la defensa de Blumar es que los cambios en las cuotas (que favorecen al sector artesanal) constituyen una «expropiación regulatoria» de sus Licencias Transables de Pesca (LTP). El CDE fue tajante en su negativa:

«Blumar no ha sido privada de la propiedad de sus licencias», sostiene el escrito. El Consejo explica que la licencia otorga un derecho sobre un porcentaje variable de captura, pero no garantiza que ese porcentaje o la cuota global sean inamovibles. El fraccionamiento entre industriales y artesanales es una política pública, no una propiedad privada de las empresas.

2. El dardo político: El poder de legislar vs. El mercado

En uno de los pasajes más duros de la contestación, el CDE acusa a la pesquera de un intento de «captura» legislativa. Según el organismo, Blumar busca apropiarse de la distribución del recurso, despojando al Poder Legislativo de su rol para asegurar su propia participación en el mercado. El mensaje es claro: las reglas del juego las pone el Estado en función del bien común, no los intereses corporativos para perpetuar sus ganancias.

3. Las «cuentas alegres» de la indemnización

El CDE no solo cuestionó el fondo jurídico, sino también la matemática detrás de los $194.431 millones reclamados. El fisco calificó el cálculo como carente de «certeza científica», señalando que la empresa omitió variables críticas como:

  • Costos reales de producción e impuestos.
  • Inversiones en flota y proyecciones de precios de mercado.
  • La volatilidad biológica del mar.

Particularmente, el Consejo criticó que Blumar proyectara un crecimiento perpetuo del 15% anual en sus capturas. El CDE aclaró que los límites de captura (como la regla internacional Anexo K) son medidas de precaución científica para evitar colapsos ecosistémicos, no una garantía de crecimiento de utilidades que el Estado deba pagar.

4. Un precedente para la industria

Esta es la primera respuesta formal del Estado ante la ofensiva judicial de las grandes pesqueras (que incluye también a Camanchaca y Landes). Con este escrito, el CDE marca la hoja de ruta:

  • Las licencias son renovables en 2032 bajo las condiciones que dicte la ley vigente.
  • El derecho de propiedad termina donde empieza la regulación de los recursos naturales del país.

En resumen: Para el CDE, Blumar está pidiendo que el Estado le pague por el simple hecho de que las leyes cambiaron, una tesis que, de prosperar, congelaría cualquier reforma futura en materia de recursos naturales.
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