Ricardo Ramos, gerente general Soquimich y Máximo Pacheco, presidente Codelco.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) ha dado su aprobación a la trascendental alianza entre Codelco y SQM, allanando el camino para la creación de un «joint venture» que gestionará la extracción, producción y comercialización de minerales clave del Salar de Atacama, principalmente hidróxido y carbonato de litio. Este acuerdo, que contempla una administración en dos etapas – inicialmente controlada por SQM entre 2025 y 2030, y luego por Codelco desde 2031 hasta 2060 – recibió el visto bueno de la FNE tras un exhaustivo análisis de los mercados involucrados.
Si bien la FNE identificó riesgos potenciales para la competencia, advirtiendo que la operación podría generar un nuevo vínculo estructural entre actores actuales y futuros del mercado del litio a mediano y largo plazo, incrementando las posibilidades de coordinación y acceso a información comercial sensible entre competidores, la entidad consideró proporcionales, idóneas y efectivas las medidas de mitigación propuestas por Codelco y SQM.
Estas medidas, que incluyen compromisos de reporte periódico para facilitar el monitoreo de su cumplimiento, se centran en restringir los posibles flujos de información comercial sensible que podrían surgir de la operación y sus acuerdos relacionados. Las soluciones ofrecidas por las empresas abarcan la configuración del gobierno corporativo del «joint venture» y su estructura de control, en línea con la normativa de interlocking contemplada en el Decreto Ley N° 211, que prohíbe la participación simultánea de una persona en cargos ejecutivos relevantes o de director en empresas competidoras.
La FNE aprueba la estratégica alianza en el Salar de Atacama, pero establece un marco de control riguroso para salvaguardar la libre competencia en el crucial mercado del litio chileno.
En este sentido, y en consonancia con una reciente sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, se amplió la prohibición de interlocking en el «joint venture» a empleados y asesores del mercado del litio del último año. Además, directores y ejecutivos relevantes del «joint venture» deberán asumir los compromisos adquiridos por las partes ante la FNE, comprometiéndose a no compartir información comercial sensible de la empresa con terceros. El accionista controlador del «joint venture» también deberá instar a sus directores a asumir compromisos equivalentes y a declarar que no se desempeñan en cargos relevantes en empresas competidoras del litio.
Para garantizar el cumplimiento de estas medidas, la División de Fiscalización de la FNE iniciará una investigación una vez perfeccionada la operación. La aprobación de la FNE se limitó al análisis de la potencial reducción de la competencia, sin abordar aspectos económicos y financieros del acuerdo ni la idoneidad de los socios. Tampoco se pronunció sobre posibles restricciones verticales derivadas del contrato de opción preferente de compra de productos potásicos por parte de SQM, al no considerarse accesorio a la creación del «joint venture» ni generar un cambio significativo en la competencia del mercado del cloruro de potasio.
No obstante, la División Antimonopolios de la FNE ha iniciado una investigación paralela para determinar la posible existencia de infracciones a la normativa de libre competencia en el mercado de productos potásicos, atendiendo a las condiciones competitivas observadas en esta industria. De esta manera, la FNE aprueba la estratégica alianza en el Salar de Atacama, pero establece un marco de control riguroso para salvaguardar la libre competencia en el crucial mercado del litio chileno.
SOJ





