Comisión Anti distorsiones sugiere al gobierno imponer sobretasas arancelarias temporales en dos investigaciones que se iniciaron el 9 de diciembre de 2023. La primera investigación, solicitada por Molycop, se centra en bolas de acero para molienda, mientras que la segunda, solicitada por CAP, se refiere a barras de acero para bolas de molienda.
Se fundamenta en la presencia de evidencia sólida que respalda la existencia de dumping. Estas sobretasas arancelarias son temporales, y se espera que se determinen medidas definitivas antes del 9 de septiembre, nueve meses después del inicio de la investigación, según se anunció en un comunicado oficial.
Respecto a las bolas de acero, de las cinco empresas bajo investigación, la Comisión recomienda aplicar sobretasas arancelarias a tres de ellas, con porcentajes de 9,2%, 14,2% y 22,5%, con un promedio del 15,3%. Para las dos restantes, no se ha encontrado evidencia suficiente de dumping relevante que justifique la imposición de sobretasas. Las tres empresas sujetas a sobretasas representan más del 85% de las importaciones del producto durante el período investigado.
En cuanto a las barras de acero, de las cuatro empresas analizadas, la Comisión recomienda la imposición de sobretasas arancelarias para todas, con porcentajes de 10,3%, 10,4%, 19,8% y 19,8%, promediando un 15,1%. Estas cuatro empresas representan el 100% de las importaciones del producto durante el período investigado.
Bolas de acero para molienda:
- Investigación iniciada a petición de Molycop.
- Se detectan prácticas de dumping en importaciones de cinco empresas.
- Se proponen sobretasas arancelarias temporales:
- Tres empresas: 9,2%, 14,2% y 22,5% (promedio 15,3%).
- Representan más del 85% de las importaciones.
- Fecha límite para resolución definitiva: 9 de septiembre de 2024.
Barras de acero para bolas de molienda:
- Investigación a petición de CAP.
- Evidencia de dumping en importaciones de cuatro empresas.
- Se recomiendan sobretasas arancelarias temporales:
- Cuatro empresas: 10,3%, 10,4%, 19,8% y 19,8% (promedio 15,1%).
- Representan el 100% de las importaciones.
- Fecha límite para resolución definitiva: 9 de septiembre de 2024.
Medidas provisionales y excepcionales:
- Desde 1999, solo se han recomendado sobretasas temporales de hasta 9% para bolas de acero.
- No se han aplicado medidas de este tipo para barras de acero en ese período.
Objetivo:
- Proteger la industria nacional de la competencia desleal.
- Asegurar la igualdad de condiciones para las empresas chilenas.
Sugerencia Retardada
En octubre de 2023, se solicitó la adopción de medidas provisionales y derechos antidumping definitivos para combatir la distorsión de precios causada por los subsidios y otras formas de intervención estatal en China, que permiten a los exportadores chinos vender sus productos por debajo de los costos. Este retardo absoluto en la resolución, sumada al evidente incumplimiento de plazos por parte de las autoridades competentes para decidir sobre el particular, ha generado una profunda preocupación en 20 mil familias cuyos ingresos dependen del acero. La última sesión de la Comisión Anti distorsiones se llevó a cabo el 28 de febrero y recién ahora, casi tres semanas después de esa reunión, se conoce la resolución.