Con los votos de Chile Vamos y de Republicanos fueron aprobadas -por el Consejo Constitucional- normas que establecen que la seguridad social se realizará a través de instituciones públicas o privadas, y que cada persona será la propietaria de sus ahorros, los cuales tendrán la calidad de inexpropiables. El pleno del organismo desanudó durante la jornada de este jueves 21 de septiembre, lo que era uno de los principales obstáculos para seguir redactando el nuevo proyecto constitucional en la materia concerniente a los fondos de pensiones en el país. Cabe recordar que, de acuerdo con el observatorio VAR Constitucional de la Universidad Diego Portales junto a Feedback, un 85,4% de los encuestados en el mes de agosto se mostró de acuerdo o muy de acuerdo con que se incluyera una iniciativa popular de norma para “garantizar la propiedad, heredabilidad y el derecho a elegir en los fondos de ahorros previsionales”.
El anteproyecto de la Comisión Experta —que elaboraron los representantes de los partidos políticos— garantizaba hace cuatro meses el derecho a la seguridad social, pero en esa ocasión fue rechazada la enmienda de la oposición, que buscaba asegurar el derecho de los cotizantes a elegir la institución que administraría sus fondos y garantizaría la propiedad, heredabilidad e inexpropiabilidad de estos. Esta vez fue revertida aquella postura. El miembro del consejo Alexis Cortés (PC), dijo entonces que había que «dejar atrás el sistema de las AFP», porque «consagrar esta regla impedirá tener un sistema de seguridad social basado en la solidaridad». Sin embargo, este jueves, con los votos de Chile Vamos y de los Republicanos, quedó aprobado el artículo del capítulo de Derechos y Libertades Fundamentales, que establecía que la seguridad social se entregaría a través de instituciones públicas o privadas, que cada persona sería propietaria de sus fondos de pensiones y que estos serían inexpropiables.
La votación se produjo en medio de las críticas del oficialismo, que adujo que las normas aprobadas sobre seguridad social atentaban contra «el Estado Social y Democrático de Derechos», fijado por el Congreso como borde constitucional. El oficialismo también acusó que la inexpropiabilidad de los fondos evitaría que estos recursos se desvíen a los padres que no cumplen con el pago de sus pensiones alimenticias. Pero, ¿qué dicen esas normas aprobadas? Dicen que cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por éstas, y tendrá el derecho a elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno. El precepto o normativa en cuestión fue aprobada con 33 votos a favor y 17 en contra (todos del oficialismo). De este modo se superó el quórum necesario de 3/5 (30 votos). “Hay una razón más de fondo y es constitucional» -manifestó el consejero Luis Silva, de Republicanos- «cual es limitar al Estado para evitar que se transforme en la mayor amenaza de la persona”.
En la oportunidad también fueron aprobados con los votos de la oposición, el derecho de cada persona a elegir entre un sistema de salud estatal o privado. Aquí el oficialismo tampoco estuvo de acuerdo, porque a su juicio se está dando «rango constitucional» al sistema Isapre. La oposición, por otra parte, aseguró lo que se llamó el «derecho preferente de los padres de elegir el tipo de educación y su establecimiento de enseñanza, así como de determinar preferentemente su interés superior”.