En condiciones de ser remitido al Ejecutivo quedó el proyecto que regula los delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles, fija nuevas penas y formas comisivas, e incorpora mecanismos eficientes de restitución. La Sala despachó la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados. Hubo sí, tres votaciones divididas respecto a artículos que fueron modificados por los parlamentarios en la Cámara Baja; entre ellos, la eliminación de la norma que permitía la restitución anticipada en procedimientos por ocupación de inmuebles. La Sala del Senado aprobó la iniciativa con 35 votos a favor y 6 abstenciones, en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Los enojos de la ministra Tohá
El Ejecutivo, a través de la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carlona Tohá, anunció que se presentará un veto en un tema específico. «El Gobierno no va a vetar que se pueda detener a quien usurpa, no va a vetar que sea un delito permanente, no va a vetar que se excluya a los campamentos. Lo que va a vetar el Ejecutivo es que se permita que las personas, por mano propia, con bandas armadas y de manera indefinida en el tiempo, puedan ir por sus propias manos a reivindicar sus derechos, porque para eso están el derecho, las policías, los tribunales; para eso en las sociedades civilizadas se ha establecido el monopolio del uso de la fuerza en las policías”.
Las votaciones por separado
En una primera votación, los senadores aprobaron con 35 votos a favor y 6 abstenciones, casi todas las disposiciones (menos los numerales 6 y 8 del primer artículo, no el numeral 2 del artículo segundo, respecto de los cuales se solicitó votación separada). Luego se aprobó con 23 votos a favor y 19 en contra, la norma que señala que «el que sin estar legalmente autorizado destruya o altere los términos o límites de un inmueble con el objetivo de posibilitar una posesión, será sancionado con multa de seis a diez unidades tributarias mensuales. Con la misma pena será sancionado quien, sin tener la posesión material de un bien inmueble, instale banderas, estacas u otras demarcaciones destinadas a manifestar intención de posesión de sitios no destinados a la habitación, sin el consentimiento de quien lo posee en virtud de título legítimo». Según explicó el senador Jaime Quintana, dicha disposición regula con penas más bajas hechos que ya son constitutivos de usurpación en los artículos vigentes del Código Penal.
Penas aumentadas
Posteriormente se aprobó, con la misma votación, una norma que señala que se aplicarán penas aumentadas en un grado «al que mediante engaño dispusiera a otro a celebrar cualquiera clase de actos o contratos que tengan por finalidad última o inmediata la transferencia del dominio o la concesión del uso y goce de un sitio, lote o terreno, sin tener título legítimo de dominio o posesión, ni autorización del que lo detenta legítimamente para celebrar actos o contratos, siempre que le ocasione un perjuicio patrimonial a la víctima» Mientras el senador Jaime Quintana señaló que era necesario rechazar el cambio que hizo la Cámara, pues eliminó un agravante aprobado por el Senado, el senador Felipe Kast instó a aprobar la norma argumentando que se había simplificado. Finalmente se aprobó, con 24 votos a favor, 17 en contra y 1 abstención, la eliminación que hizo la Cámara de Diputados de una norma que permitía la restitución anticipada en procedimientos por ocupación de inmueble.
Delito de ejecución permanente
Durante el debate en sala intervinieron los senadores Luciano Cruz-Coke, José García Ruminot, Iván Moreira, Carmen Gloria Aravena, Matías Walker, Fidel Espinoza, Pedro Araya, Gastón Saavedra, Claudia Pascual, Felipe Kast, Jaime Quintana y Francisco Chahuán. Asimismo, la ministra del Interior Carolina Tohá y el titular de la Secretaría General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, explicaron las razones por las que el Ejecutivo se oponía a algunos de los cambios realizados por la Cámara de Diputados. En la sala se indicó que es necesario avanzar en la regulación de las ocupaciones ilegales o «usurpaciones», pues hasta el minuto la normativa vigente no permite sancionar a quienes tranzan terrenos de manera ilegítima. En tal sentido, se habló que la usurpación sea considerada un delito de ejecución permanente y que se excluirá a los campamentos de los efectos de esta ley.
El tema de la llamada autotutela
No obstante, hubo diferencias interpretativas respecto de la denominada legítima defensa privilegiada, lo que para el oficialismo consagra la autotutela y, por tanto, permite que las personas recurran por su propios medios a recuperar un bien o predio ocupado. Opinión distinta manifestó la oposición, quienes estiman que no se promueve la autotutela.También hubo discrepancias respecto de la eliminación de la norma que permite la restitución anticipada de inmuebles, lo que se reflejó en una de las votaciones divididas.