SEC Multa a Coopelan de Los Ángeles por Cobros excesivos 

La Cooperativa Eléctrica de Los Ángeles (Coopelan) ha sido sancionada con una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por la Dirección Regional del Biobío de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). La sanción se debe a la infracción de la normativa vigente por parte de Coopelan, que realizó cobros excesivos a clientes que solicitaron la conexión eléctrica en el sector Mañil Bajo, comuna de Santa Bárbara.

Manuel Cartagena, director regional de la SEC Biobío, señaló que «en marzo de este año, a través de reclamos, identificamos que Coopelan había efectuado cobros excesivos a los vecinos de Mañil Bajo, quienes habían solicitado la conexión eléctrica en sus viviendas dentro de la zona de concesión. Nos reunimos con los afectados para informarles sobre sus derechos a recibir el servicio eléctrico en la zona».

Cartagena agregó que «tras revisar los antecedentes, constatamos que la empresa había incumplido la normativa vigente al realizar cobros por instalaciones de distribución eléctrica que excedían el valor regulado para conexiones en baja tensión y construcción de empalmes monofásicos». En consecuencia, se inició un proceso administrativo para corregir las acciones de la distribuidora y se impuso la multa de 350 UTM.

«La concesionaria eléctrica está obligada a llevar el servicio hasta el domicilio del cliente», recalcó el representante de la SEC.

La medida también instruyó a Coopelan a abstenerse de realizar cobros no autorizados por la normativa vigente en sus áreas de concesión. Además, se le exigió retirar de los certificados de factibilidad cualquier requisito no respaldado por la regulación.

Esta acción surge después de que la compañía presupuestara obras de distribución por un monto total de $22.600.000, que incluían la extensión de 650 metros de red en media tensión bifásica, la instalación de una subestación de distribución y la construcción de 280 metros de red de distribución de baja tensión. Estas obras son responsabilidad de la distribuidora según las disposiciones de la Ley Eléctrica.

Una vez notificada la multa, Coopelan tiene un plazo de cinco días hábiles para apelar la sanción impuesta por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.