La empresa «Emotiv», emplea neurotecnologías basadas en la actividad cerebral de las personas, las cuales podrían verse vulneradas en sus derechos debido al eventual mal uso de la información, excesiva utilización o mal uso. Para resguardar la integridad de los ciudadanos, es que la Corte Suprema, acaba de fallar a favor de la protección de las personas y e contra de «Emotiv», una sentencia inédita en Chile. El ex senador, Guido Guirardi, es el promotor de la Ley de Neuroderechos, apunta a establecer un control democrático en el ciberespacio que es un terreno aparte, dado que no se rige por las mismas normativas que los Estados de Derecho.
Hoy, los redactores de la Ley de Neuroderechos, entre los que se encuentra Guido Girardi, exsenador y vicepresidente ejecutivo de la Fundación Encuentros del Futuro, han revelado los detalles del fallo emitido por la Corte Suprema en respuesta a la acción legal presentada en contra de la empresa «Emotiv» y sus neurotecnologías.
Este recurso, inédito a nivel legislativo en el mundo, ha sido acogido favorablemente por la Tercera Sala del máximo tribunal chileno. El dictamen establece que las acciones denunciadas infringieron «las garantías constitucionales contenidas en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que se refieren a la integridad física y psíquica y al derecho a la privacidad».
La comercialización del producto «Insight» de la empresa «Emotiv» fue cuestionada por no contar con las autorizaciones necesarias y por no haber sido evaluada ni estudiada por la autoridad sanitaria. El dispositivo opera monitorizando la actividad cerebral del usuario y almacenando dicha información en la base de datos de la empresa.
Guido Girardi resaltó la importancia de esta Ley de Neuroderechos como una propuesta hacia el mundo de un nuevo derecho humano. Enfrentar el desafío de regular y establecer un control democrático en el ciberespacio es una tarea que difiere de las reglas de los Estados de Derecho tradicionales, destacó el exlegislador.
Ciro Colombara, abogado a cargo del caso, enfatizó que este fallo establece que «Emotiv» violó el derecho a la privacidad mental y se apropió de los neurodatos o información cerebral de los usuarios. La Corte ordenó borrar los datos cerebrales en poder de la empresa, y solicitó al Instituto de Salud Pública y al Servicio Nacional de Aduanas analizar el caso para determinar si esta tecnología protege los derechos de los usuarios.
Rafael Yuste, otro de los autores de la Ley de Neuroderechos y director del proyecto BRAIN a nivel mundial, resaltó la importancia de este fallo para otros países. Desde que se presentó el recurso en abril de 2022, varios países han observado el proceso. Yuste señaló que Chile ha sido un estímulo para reformas constitucionales en Brasil y México, y que este fallo sienta un precedente relevante en la materia.