Habrá mayores exigencias para la libertad condicional de internos en cárceles del país

* Comisión Mixta encargada de zanjar las diferencias entre el Senado y la Cámara de Diputados llegó a acuerdo en tres materias que estaban pendientes. Queda ahora que esas materias sean votadas por las respectivas salas para que el proyecto se convierta en ley.

De manera unánime, la comisión mixta de senadores y diputados zanjó las diferencias que existían entre ambas ramas del Congreso, respecto del proyecto que establece mayores exigencias para el otorgamiento de la libertad condicional de internos en las cárceles del país. Con ello, sólo basta que las respectivas salas voten la propuesta para que quede en condiciones de convertirse en ley. Según explicó la presidenta de la referida comisión, senadora Luz Ebensperger, el primer punto que se acordó dice relación con que los condenados a penas de presidio perpetuo simple y que se les haya rechazado la solicitud de libertad condicional, deberán esperar un año para volver a solicitarla. «Quedan fuera de esta norma el presidio perpetuo calificado, porque ése tiene una norma más exigente que es de dos años, y los otros delitos continúan la norma general, que es hasta la vez siguiente que puedan postular, en abril o en octubre, los meses en el que el consejo resuelve», explicó la parlamentaria.

Otro de los aspectos que se acordaron dice relación con los permisos de salida, que actualmente son entregados por Gendarmería. La instancia estableció que tales autorizaciones deberán ser otorgadas por el juez de garantía, en los casos de quienes hayan sido condenados a penas de presidio perpetuo simple. En este punto, se agregó una disposición transitoria, que señala que la medida entrará en vigencia en un plazo de 18 meses, tiempo en el que se espera estén aprobados los tribunales de ejecución de penas que serían los encargados de ver esas materias. Finalmente, se incorporó una norma para complementar el artículo que establece que las víctimas deberán ser informadas cuando sus victimarios sean objeto de algún beneficio penitenciario. «Se agrega un inciso para que, en aquellas personas condenadas a presidio perpetuo simple, la notificación a las víctimas sea hecha al momento en que el condenado postula al beneficio», finalizó Ebensperger.