Delitos económicos: despachan veto que perfecciona proyecto

Con 42 votos a favor y 1 abstención, la Sala del Senado aprobó el veto presentado por el Ejecutivo al proyecto de ley que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, modifica diversos cuerpos legales que tipifican delitos contra el orden socioeconómico, y adecúa las penas aplicables a todos ellos. La Sala dio su aprobación a las 20 observaciones presentadas a la iniciativa, culminando así el trámite legislativo. Con ello queda en condiciones de ser remitida al Ejecutivo para su firma y promulgación como ley.

Durante la sesión intervino la presidenta de la Comisión de Constitución, senadora Luz Ebensperger, quien explicó los alcances de la veintena de observaciones que se trabajaron en conjunto entre los legisladores, el Ejecutivo y un grupo de académicos expertos en la materia. También intervino el senador DC, Matías Walker, uno de los autores de la iniciativa que busca sancionar de manera rigurosa los denominados delitos de «cuello y corbata».

 En lo fundamental, el veto se refiere a modificaciones sobre el sistema de reglas (tipificación y vacancia) y omite en el listado de delitos base del delito de lavado de activos, figuras que fueron incorporadas como tales durante el año 2022. En el delito de uso fraudulento de tarjetas de pago, se mejora la redacción dado que hacía referencia a normas que en el mismo proyecto fueron derogadas. Asimismo, se introduce una regla especial para la entrada en vigor de las modificaciones a los delitos concursales, haciéndolas coincidir con la vacancia dispuesta por la ley que moderniza los procedimientos concursales contemplados en la ley N° 20.720 y crea nuevos procedimientos para micro y pequeñas empresas

El veto también contempla modificaciones para clarificar la interpretación y facilitar la operatividad y otros cambios que buscan clarificar puntos y salvar eventuales conflictos eventuales. En tal sentido, se incluye el delito de falsedad en un procedimiento concursal; el delito de tráfico de influencias, del artículo 240 bis) del Código Penal, en tercera categoría; se clarifica la estructura típica del delito de estafa dejando la omisión impropia a las reglas generales y se divide la regulación del comiso como pena de aquel como consecuencia adicional en la ley Nº 20.393, entre otras medidas.